El Ayuntamiento de El Boalo, Cerceda y Mataelpino ha abierto el plazo para optar a un huerto de ocio comunitario “La Vega de San Muriel” durante la temporada de mayo a noviembre del corriente año. De manera inicial, se ocuparán 15 huertos al lado del rebaño municipal de cabras.
El Ayuntamiento realizará la cesión de los terrenos y cada uno de los usuarios deberá gestionar la siembra, el mantenimiento, limpieza, retirada de poda, instalación o contratación de contenedores para restos de poda (en caso de ser necesario), acatando las Normas de Funcionamiento y uso de Huerto La Vega de San Muriel
Las solicitudes, que deberán entregarse antes del 30 de abril, deben tramitarse acompañadas de fotocopia de DNI y volante de empadronamiento, a través de instancia general en el Registro de El Ayuntamiento (presencial o por sede electrónica).
Es importante destacar que, podrán ser beneficiarias las personas mayores de edad empadronadas en el municipio que no tengan adjudicado ningún otro huerto social a su nombre o a nombre de alguien de su unidad familiar.

El sistema de adjudicación será por sorteo de todas las solicitudes presentadas, que se celebrará en acto público, aún por determinar la fecha del mismo.
HUERTO LA VEGA DE SAN MURIEL: PREGUNTAS FRECUENTES
¿QUIÉN SE PUEDE INSCRIBIR?
Todas las vecinas y vecinos del Municipio El Boalo, Cerceda y Mataelpino
¿HASTA CUANDO HAY TIEMPO DE INSCRIBIRSE?
Hasta el 30 de abril de 2021
¿CÓMO SE REALIZA LA INSCRIPCIÓN?
Se puede solicitar por Registro, de forma presencial o a través de la Sede electrónica.
¿DÓNDE SE VAN A INSTALAR?
La instalación será en la Vega San Muriel, al lado del rebaño municipal de las cabras.
¿CUÁNTOS HUERTOS HABRÁ?
De manera inicial se ocuparán 15 huertos para la temporada de mayo a noviembre de 2021.
¿QUÉ SUCEDERÍA SI HAY MÁS INSCRIPTOS QUE HUERTAS DISPONIBLES?
Se procederá a sorteo para poder entrar a la participación de los huertos, siempre y cuando haya más demanda que oferta.
¿QUÉ SE PODRÁ HACER EN CADA HUERTO?
- Utilizar productos orgánicos o naturales, libres de contaminantes químicos.
- Cultivar plantas y cualquier parte de planta, procedentes de agricultura libre de sustancias químicas.
- Sembrar plantas comestibles de tradición hortícola, aromáticas, medicinales y para la reforestación.
¿QUÉ NO SE PODRÁ HACER EN CADA HUERTO?
- La utilización, tanto de productos como de plantas y partes de estas, que hayan sido tratadas con productos de síntesis química o hayan estado en contacto con productos contaminados por agentes químicos.
- Regar con manguera o mediante riego por inundación.
- Construir cualquier tipo de infraestructura que supere 1.10 metros de altura y cualquier instalación ajena al huerto.
INFORMACIÓN IMPORTANTE
- El Ayuntamiento sólo cede el terreno. Cada usuario se deberá hacer cargo de los gastos, del mantenimiento, de la retirada de poda, de la instalación de contenedores para restos de poda en caso de ser necesario, así como de los cultivos sembrados.
- La utilización de estos huertos está destinada para el autoconsumo.
Tras cada cosecha y retirada de poda, se deberá aportar al Banco de Semillas municipal, una muestra representativa de las semillas cosechadas.