A través de diversas ordenanzas municipales, el Ayuntamiento busca de manera constante la sensibilización y educación de la población, en materia de Gestión de Residuos. Donde se incluye el uso y Alquiler de Contenedores como medida de gestión.

El Ayuntamiento promueve la realización de campañas y jornadas de sensibilización y educación. A tal fin avanza su compromiso de colaboración con sujetos públicos y privados tales como universidades, organizaciones sin ánimo de lucro que tengan por objeto la protección ambiental, sistemas colectivos de gestión de residuos y asociaciones de productores.

SENSIBILIZACIÓN Y EDUCACIÓN INTEGRAL: RESPONSABILIDAD DE LA CORRECTA GESTIÓN DE RESIDUOS

En el Artículo 10 de la Ordenanza Reguladora De La Gestión De Residuos Sólidos Urbanos de El Boalo se expresa:

“Los productores y poseedores iniciales de los residuos domésticos y comerciales de competencia municipal son responsables de entregarlos para su correcta gestión. Su responsabilidad concluye cuando los hayan entregado en los términos previstos en la presente ordenanza y en el resto de normativa aplicable.

Los productores y poseedores de residuos comerciales no peligrosos, cuya recogida no sea realizada por el servicio de recogida de residuos municipales, como puede ser una empresa privada que realiza el Alquiler de Contenedores, son igualmente responsables de su correcta gestión. Por lo que, a tal fin deberán:

Es muy importante destacar que, en caso de incumplimiento por el productor o poseedor de las obligaciones de gestión de residuos comerciales no peligrosos, el Ayuntamiento podrá asumir subsidiariamente la gestión y repercutir al obligado el coste real de la misma. (gastos de traslado, alquiler de contenedores, servicio de recogida, etc)

SENSIBILIZACIÓN Y EDUCACIÓN INTEGRAL: USO Y ALQUILER DE CONTENEDORES

Para el cumplimiento de su obligación de recogida de residuos, el Ayuntamiento aportará, en relación con las distintas fracciones de residuos, los contenedores correspondiéndole, asimismo, su mantenimiento, lavado y reposición, cuando sea necesario.

En aquellos casos que el servicio de recogida de residuos se preste por cualquiera de las formas de gestión indirecta, será responsabilidad de la empresa de alquiler de contenedores su mantenimiento, lavado y correcta reposición.

El Ayuntamiento podrá obligar a las comunidades de vecinos a la adquisición de un contenedor (mediante el servicio de Alquiler de Contenedores) de uso exclusivo cuando éstas se encuentren en zonas en las que, por decisión municipal siguiendo criterios de eficiencia y eficacia del servicio, no se instalen contenedores de uso colectivo. Corresponderá a la comunidad de vecinos su mantenimiento, lavado y reposición.

No obstante lo dispuesto en los apartados anteriores, será obligatoria la utilización de contenedores para la recogida separada de papel y cartón, y fracción resto en aquellas industrias, comercios y servicios que generen un volumen de residuos domésticos superior a 50 kg/día. (Se podrá tener la opción de Alquiler de Contenedores).

En cualquiera de los supuestos anteriores, el Ayuntamiento determinará la ubicación de los distintos contenedores en la vía pública atendiendo a criterios de eficiencia, económicos, organizativos, de proximidad y accesibilidad para los usuarios y de salud y seguridad públicas.

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