El municipio de El Boalo-Cerceda-Mataelpino implementa, desde hace un tiempo y de forma gradual a la actualidad, un nuevo sistema de gestión de residuos, que tiene como base la reducción en origen de todo tipo de residuos. A partir de esta metodología se está consiguiendo la disminución del volumen de residuos generados y potenciando su reutilización y reciclaje, de manera que los beneficios se están revirtiendo en la población local. La intención del Ayuntamiento de El Boalo, es acercarse lo más posible al concepto de Residuo Cero y enmarcarse en lo que se trata de una gestión de residuos lo más sostenible posible de los restos generados, haciendo hincapié en la Economía Circular.
OBJETIVOS DEL PLAN DE GESTIÓN DE RESIDUOS DE EL BOALO
A través de las ordenanzas municipales se busca:
- Regular, en el ámbito de las competencias del Ayuntamiento de El Boalo de todas aquellas conductas y actividades dirigidas al depósito y recogida de residuos, respetando el principio de jerarquía, con objeto de conseguir el mejor resultado ambiental global, mitigando los impactos adversos sobre la salud humana y el medio ambiente.
- Desarrollar la legislación estatal y autonómica en materia de residuos y de régimen local, debiendo en todo momento interpretarse y aplicarse de acuerdo con la legislación vigente.
- Responsabilidad y compromiso. Todas las personas físicas o jurídicas que residan o depositen residuos en el término municipal de El Boalo están obligadas a cumplir las obligaciones y respetar las prohibiciones dispuestas por el Ayuntamiento.
OBLIGACIONES GENERALES DE LOS CIUDADANOS
- Reducir el volumen de los residuos compactándolos de tal forma que se aproveche al máximo la capacidad de las bolsas y contenedores. En el caso particular de los contenedores de escombros, acopiar de manera adecuada los restos que se obtengan de obra o construcción.
- Separar correctamente los residuos y depositar los mismos en los contenedores urbanos identificados, en contenedores de escombros, contenedores de poda según corresponda; o bien trasladarlos a puntos de recogida establecidos al efecto de acuerdo con la presente Ordenanza.
- En su caso, sacar los contenedores, cubos o bolsas a la vía pública para su recogida por el servicio público en las horas y lugares establecidos por el Ayuntamiento.
- Cumplir con los horarios de depósito y entrega de residuos. Los residuos se depositarán a partir de las 20:00 en el horario de invierno y de las 21:00 en el horario de verano hasta las 7:00 horas en ambos casos. Este horario podrá ser modificado mediante resolución de Alcaldía o del órgano en quien haya delegado esta competencia el Alcalde-Presidente, lo que se comunicará convenientemente.
- Comunicar al Ayuntamiento o a los agentes de la autoridad la existencia de residuos abandonados en la vía o espacios públicos, tales como vehículos abandonados, muebles, animales muertos, residuos de construcción y demolición, etc. Ordenanza Regulada. En el caso de instalar un contenedor de escombros en la vía pública, debe hacerse con previa autorización pertinente.
PROHIBICIONES GENERALES
La Ordenanza emitida por el Ayuntamiento de El Boalo especifica de manera clara y concreta cuáles son las responsabilidades, compromisos y prohibiciones relacionadas a la generación de residuos en el Municipio.
Por lo que, queda prohibido:
- Arrojar o abandonar residuos en la vía pública o en lugares diferentes a los especificados por el Ayuntamiento.
- Depositar residuos en contenedores contraviniendo lo dispuesto en la presente Ordenanza. Con esto se quiere fomentar la separación de residuos in situ, que facilita su futuro reciclaje o reutilización. Gracias a los avances tecnológicos, existe una diversidad de cubículos adaptados y fabricados para diferentes fines que soporten el tipo de residuo que se acumulará allí; como por ejemplo residuos peligrosos en cubículos que soporten estos componentes, residuos orgánicos, residuos de construcción en contenedores de escombros, entre otros.
- Depositar en lugares distintos a las papeleras instaladas al efecto en los espacios públicos residuos de pequeño volumen tales como papeles, chicles, colillas, caramelos, cáscaras y desperdicios similares.
- Utilizar los contenedores para fines distintos a los previstos en la presente Ordenanza.