La recogida de poda se ha transformado en un eslabón muy importante en la Gestión de Residuos que se pretende llevar a cabo en el Ayuntamiento.
Y es por eso que Madrid lo regula y establece ordenanzas para su óptimo cumplimiento.
En la Ordenanza General de Protección del Medio Ambiente Urbano tiene por objeto regular, en el campo de competencias municipales, cuantas actividades, situaciones e instalaciones sean susceptibles de influir en las condiciones ambientales del término municipal de Madrid, con el fin de preservar y mejorar el medio urbano, evitando los posibles efectos nocivos de aquéllas y los riesgos de contaminación de los elementos naturales y los espacios comunitarios.
Poda de formación
Si no se hiciera poda de formación y se dejará al árbol totalmente libre, seguramente tendría un aspecto “salvaje” y eso, en la mayoría de los casos, puede provocar incidentes.
Según la especie, requerirá más poda de formación o menos.
Una vez que tenemos el árbol bien formado, es decir, con la copa a una cierta altura, con sus ramas principales y secundarias elegidas y bien dispuestas, habrá que controlar durante el crecimiento de cada planta, durante toda la vida del ejemplar, si necesita una poda de mantenimiento.
Poda de mantenimiento
Esta poda consiste en eliminar elementos indeseables como:
- Ramas secas.
- Chupones.
- Ramas con riesgo de rotura.
- Ramas que estorben el paso de personas o toquen cables o edificios y aclaren la copa del exceso de ramas.
- Estos restos son colocados en Contenedores de Poda.
En el Capítulo II. Protección de elementos vegetales de esta Ordenanza, específicamente en el artículo 209 deja explícita la prohibición de tala o poda de árboles situados en espacios públicos o privados, sin la previa autorización expresa por la Concejalía del Área de Medio Ambiente o, en su caso, de la Dirección de Servicios de Aguas y Parques, previo informe favorable del Departamento de Parques y Jardines.
En caso de que fuera imprescindible la tala o desmalezamiento de un árbol se deberá contar con la correcta autorización contemplada que incluye:
– Solicitud de autorización para colocación de Contenedor de poda o saco big bags según corresponda
– Alquiler de Contenedor de Poda o Saco Big Bags
– Solicitud de autorización para limpieza, desmalezamiento, tala de arbustos, árboles y afines en propiedad privada
– Limpieza, desmalezamiento, tala de arbustos, árboles y afines en la propiedad privada acoplándose a cada exigencia de la Ordenanza para su correcta realización.
- Recogida de residuos de poda
- Retirada de residuos de poda
- Retirada de Contenedor de poda
- Traslado correspondiente del contenedor de poda
Cada uno de estos pasos está regulado para el mejor cumplimiento del plan de Gestión de Residuos de Madrid, aumentando la posibilidad de reciclaje y optimización de la materia prima.
Beneficios del reciclaje de la poda
No contaminar el medio ambiente. La Recogida de poda permite acopiar los restos evitando su incineración y aprovechando las capacidades orgánicas de este material.
Abono natural. Los restos de poda, al haberlos triturado se quedan en el suelo y esos restos se van descomponiendo que en el tiempo se van convirtiendo en materia orgánica para el campo.