España es el quinto país europeo que genera más residuos de construcción-demolición (RCD), y uno de los que, según el informe Symonds & Ass, de los que menos concientización social ha logrado para recuperarlos. Este informe indica que en lo referente a la Retirada de Escombros el 90% de los 13 millones de toneladas de materiales inertes que se generan cada año, acaban en vertederos y sólo un 5% se recicla.

Es por este motivo que, desde el Ayuntamiento se han generado legislaciones y Ordenanzas de Plan de Gestión de Residuos para avanzar en este aspecto.

REGULACIÓN JURÍDICA DE LOS RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN DEMOLICIÓN

Hace casi una década y debido fundamentalmente al fuerte crecimiento de la industria de la construcción en España, se generó un incremento muy importante de los residuos de construcción y demolición, por lo que se redactó el I Plan Nacional de gestión de residuos de construcción y demolición. Este Plan, propone una serie de medidas basándose en los datos de un estudio del Instituto para la Sostenibilidad de los Recursos (ISR), para el Ministerio de Medio Ambiente para regular la producción y gestión de los RCD.

En este Plan se distingue tres tipos de agentes implicados directamente en dicha gestión, y así mismo establece sus obligaciones:

El productor de residuos, el poseedor de residuos y el gestor de residuos.

La legislación vigente se aplica a los RCD generados en obras de construcción, rehabilitación, reparación, reforma o demolición tanto de bienes inmuebles como de obra civil.

OBJETIVOS DEL PLAN DE REGULACIÓN DE LA GESTIÓN DE RCD, INCLUYENDO LA RETIRADA DE ESCOMBROS

El objetivo fundamental del mismo es establecer el régimen jurídico de la producción y gestión de los RCD con el fin de fomentar la prevención, retirada de escombros, uso de contenedor de escombros, reutilización, reciclado y otras formas de valorización, y asegurar que los RCD destinados a operaciones de eliminación reciban un tratamiento adecuado para de esta manera contribuir a un desarrollo sostenible de la construcción, y evitando al mismo tiempo, entre otras cosas, la contaminación de suelos y acuíferos, el deterioro paisajístico y la eliminación de estos residuos sin aprovechamiento de sus recursos valorizables.

Para conseguir este objetivo el RD propone una serie de acciones entre las que se destacan las siguientes:

•  Prohibir el depósito de RCD en vertedero sin tratamiento previo, exceptuando los residuos inertes cuyo tratamiento sea técnicamente inviable, promoviendo el uso de contenedores de escombros para la posterior retirada de escombros

•  Obligar al productor (titular de la licencia) de los RCD, a la elaboración en el proyecto de obra, de un Estudio de Gestión de RCD para los residuos que se produzcan, así como una valoración del coste previsto para su gestión.

•  Obligar al poseedor de los RCD (el que ejecuta la obra) a establecer la separación y clasificación de los residuos mediante el uso de contenedores de ecombros, elaborar un plan de ejecución y asumir los costes.

•  Afianzar la posición empresarial de aquellos materiales reutilizables para los que ya existe un mercado (metal y madera) e incentiva la creación de otros mercados como el de los áridos reciclados.

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